El Municipio de Basavilbaso recordó la vigencia de las ordenanzas que regulan el mantenimiento de terrenos y la estética urbana

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El Municipio de Basavilbaso difundió información referida a la Ordenanza 158/2008, que integra el Código Municipal de Faltas, y a la Ordenanza 53/85, ambas vinculadas al mantenimiento de terrenos, veredas y cercos dentro de la planta urbana.

En el material difundido se destaca el Artículo 83° de la Ordenanza 158/2008, que establece sanciones para quienes afecten la estética urbana no controlando yuyos o malezas en terrenos baldíos, fondos, veredas o cercos, cuando esta situación pudiera perjudicar a terceros o a espacios públicos.

Asimismo, se recuerda lo dispuesto en la Ordenanza 53/85, cuyo Artículo 1° determina la obligatoriedad para propietarios, responsables o frentistas de inmuebles de mantener cortado el pasto en terrenos baldíos, en toda su extensión, así como en los inmuebles edificados.

Desde el Municipio señalaron que el cumplimiento de estas normativas es fundamental para garantizar una ciudad más ordenada, segura y saludable, especialmente en temporadas donde el crecimiento de malezas se intensifica.