El municipio de Basavilbaso adhirió al DNU Nacional

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El Departamento Ejecutivo Municipal de Basavilbaso emitió en el día de hoy el Decreto de adhesión emitido ayer por el gobierno nacional.
En la norma local se destaca lo siguiente: “Adhesión al Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional DECNU N°334/2021 del 21 de mayo de 2021 que establece “Medidas Generales de Prevención”, respecto de Covid-19, que se aplicarán en todo el país, y disposiciones locales y focalizadas de contención de contagios, en todos sus términos y en la medida aplicable a este Municipio, todo ello hasta el día 30 de mayo de 2021 inclusive, y los días 5 y 6 de junio de 2021”
“Suspensión de la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales,
Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y otros artículos de necesidad en los comercios esenciales y para retiro de compras autorizadas por este decreto, siempre en cercanía a sus domicilios.
Podrán realizarse salidas al aire libre, en horario autorizado para circular, quedando vedado el uso de paseos públicos durante el tiempo de las restricciones.
La restricción de circulación nocturna regirá en la franja horaria comprendida entre el horario de las DIECIOCHO (18) horas hasta las SEIS (6) horas del día siguiente.
Apertura de comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza, Farmacias, Ferreterías, Veterinarias, Provisión de garrafas, siendo dentro de la franja horaria dispuesta de 06:00 a 18:00 hs.
Retiro de alimentos en locales gastronómicos de cercanía, siendo dentro de la franja horaria dispuesta de 06:00 a 18:00 hs. y hasta las 23:00 hs mediante el sistema de entrega a domicilio. –
Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio, siendo de la franja horaria dispuesta de 06:00 a 18:00 hs. En ningún caso podrán abrir sus puertas al público. Todo ello conforme la Decisión Administrativa N° 524/20.
El texto completo del Decreto se puede leer en la página de Facebook del Municipio de Basavilbaso.