El municipio de Basavilbaso adhiere al Decreto provincial

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El Municipio de Basavilbaso, a partir de las 00.00 hs del día 24 de abril, adhiere en todos sus términos al nuevo decreto emitido en la fecha por el Superior Gobierno de Entre Ríos.
A través del Decreto N° 808/21, el gobierno encabezado por el Contador Gustavo Bordet dispone nuevas restricciones a partir de la situación epidemiológica que se viene presentando en los últimos días.
El municipio, en esa línea, adhiere a través del Decreto N° 946/21 en todos sus términos a la norma legal provincial.
Se solicita a los vecinos extremar los cuidados, tanto personales como sociales, a los efectos de poder superar cuanto antes esta situación de pandemia que tan preocupados tiene al mundo entero.
PRINCIPALES MEDIDAS A TENER EN CUENTA:
1) Se sostienen las clases presenciales con el riguroso cumplimento de los protocolos vigentes.
2) Continúa la restricción de circulación de 0 a 6 todos los días.
3) Se prohíbe la permanencia de personas en plazas, espacios y paseos públicos entre las 20:00 hs y las 6:00 hs, todos los días de la semana.
4) se suspenden las reuniones sociales en domicilios particulares y continúan habilitadas las familiares hasta 10 personas.
5) se podrán realizar actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre hasta 20 personas en el horario comprendido entre las 6 y las 20.
6) se suspenden eventos y espectáculos musicales, culturales que impliquen concurrencia de público, salones para fiestas y salas de entretenimiento.
7) Los locales gastronómicos continuarán funcionando con el aforo del 50% hasta la hora 00:00hs y el ingreso de personas se permitirá hasta las 23. En estos espacios no estarán permitidas las actividades complementarias en forma presencial de artistas y grupos musicales.
8 ) Las actividades en espacios cerrados de clubes, gimnasios, cines e iglesias funcionarán con un aforo del 50% y un máximo de asistencia de 50 personas.
9) Se prohíben las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional y amateur no habilitadas expresamente por autoridades nacionales.
10) Se insta a la Secretaría de Transporte de la Provincia a articular con autoridades municipales/comunales y con la Policía de Entre Ríos, el trabajo de control y fiscalización del estricto cumplimiento del protocolo aprobado correspondiente a los servicios de transporte público urbano e interurbano de pasajeros.