El Municipio dio a conocer el horario establecido para desarrollar caminatas y trote recreativo saludable, running y ciclismo · Será de 10 a 17, respetando los lineamientos del “Protocolo de Esparcimiento Responsable” · A quienes no cumplan con lo establecido, las fuerzas de seguridad podrán labrar las respectivas actas de infracción.
La normativa local se basa en las disposiciones establecidas por el Ministerio de la Producción del Gobierno de Entre Ríos que reglamenta, mediante Resolución N° 0345 de fecha 28 de mayo de 2020, que “en esta etapa de flexibilización del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” el desarrollo de las actividades físicas y deportivas referente “se realizarán de manera individual, al aire libre, sin uso de instalaciones privadas o públicas, con uso de elementos personales, sin contacto”.
Además, delega a cada municipio la potestad para determinar los lugares, días y horarios de su desarrollo.
Por lo expuesto, el horario establecido para desarrollar caminatas y trote recreativo saludable, running y ciclismo en la ciudad de Concepción del Uruguay, será exclusivamente de 10:00 a 17:00 horas, respetando los lineamientos del presente “Protocolo de Esparcimiento Responsable”.
· Lineamientos a considerar
La duración de las actividades físicas y/o deportivas detalladas en el presente serán de un máximo de 60 minutos (1 hora) diarios.
Deberán efectuarse de manera individual, a excepción de aquellas personas que necesiten acompañamiento (personas con movilidad asistida y personas con discapacidad).
Se desarrollarán al aire libre, utilizando elementos personales de higiene, sin contacto alguno entre las personas, respetando el distanciamiento social.
Quienes sean menores de doce (12) años sólo podrán realizar dichas actividades acompañadas por una persona adulta responsable.
Se presume conocida la obligatoriedad de la portación del Documento Nacional de Identidad (o Cédula de Identificación) al circular por la vía pública.
Asimismo se subraya: NO están permitidos el uso de juegos infantiles, aparatos de circuitos de entrenamiento y juegos saludables de plazas o espacios públicos; NO se podrán realizar las actividades físicas y/o deportivas en forma grupal; NO podrán realizar mencionadas actividades las personas adultas mayores que se encuentren alojados en residencias geriátricas o gerontológicas; NO está permitida la permanencia en plazas y/o espacios públicos. También, se encuentra prohibida la realización de estas actividades para quienes cursen sintomatología compatible con COVID-19, que hayan tenido contacto estrecho o que provengan de lugares con circulación activa de nuestro país o del extranjero y que no hayan estado sometido a control y cuarentena obligatoria.
· Caminatas y trote recreativo saludable
– El esparcimiento se podrá realizar en un radio de 500 metros de acuerdo al domicilio de residencia.
– Se deberá cumplimentar el siguiente distanciamiento social obligatorio entre personas: Caminatas: cinco (5) metros hacia adelante y hacia atrás, y dos (2,00) metros lateral. Trote recreativo saludable: diez (10) metros hacia adelante y hacia atrás, y tres (3) metros lateral.
· Sectores para el Running
En este caso la actividad será individual y deberá respetar una distancia mínima entre personas de diez (10) metros hacia adelante y hacia atrás y de tres (3) metros lateral.
Sólo se podrá desarrollar esta práctica en los siguientes sectores: Paseo Bv. Sansoni; Paseo Peatonal de la Defensa Sur; Avenida Paysandú hasta Avenida Costanera “La Fraternidad” y retome por Tránsito Pesado.
Las personas deberán trasladarse a los lugares de práctica recreativa saludable evitando el transporte público, vehículo motorizado particular y transporte privado de pasajeros.
· Ciclismo
La actividad será individual y deberá respetar una distancia mínima entre personas de veinte (20) metros hacia adelante y hacia atrás, y de tres (3) metros lateral.
Se podrá desarrollar en los siguientes sectores: Avenida de la Defensa Sur; Avenida Paysandú hasta Avenida Costanera “La Fraternidad” y retome por Tránsito Pesado y Camino a Balneario Banco Pelay (desde el puente hasta el ingreso).
Asimismo, se habilitará el predio del Velódromo Municipal de 13,00 a 16,00 horas para uso exclusivo del ciclismo.
Las personas deberán trasladarse a los lugares de práctica recreativa saludable evitando el transporte público, vehículo motorizado particular y transporte privado de pasajeros.
· Recomendaciones Generales para un esparcimiento responsable
-Se aconseja una práctica controlada en cuanto a la intensidad, la cual, preferentemente, deberá evitar el jadeo o respiración agitada.
-Disponer de pañuelos o servilletas descartables –personales e individuales– para la higiene frecuente, como así también procurar mantenerse con la hidratación necesaria durante las salidas.
-Se sugiere exceptuar de las actividades planteadas en el presente a toda persona contemplada en los grupos de riesgo definidos por el Ministerio de Salud de la Nación y estipulados en el Decreto Nº 368/20 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Entre Ríos. Se evaluarán casos particulares en donde la actividad física de personas pertenecientes a estos grupos de riesgo posean indicaciones con prescripción médica. Aquellas personas que presenten sintomatología tales como, angina, resfríos, estados gripales, entre otros, NO podrán efectuar el Esparcimiento Responsable.
-Atender al lavado o desinfección de manos y de los elementos personales (prendas deportivas, botellas, cantimploras, zapatillas, bicicleta, etc.) antes y después de la actividad física y/o deportiva.
-Realizar el secado de manos con material descartable.
-Evitar el uso de bebederos y sanitarios (limitar a lo esencial).
-Elementos personales/individuales para la hidratación.
-Cubrir nariz y boca al toser o estornudar y no salivar.
-Los adultos mayores deberán evitar días de condiciones climáticas adversas.
-Se sugiere, al momento de regresar al domicilio y antes de ingresar al mismo, llevar a cabo la correcta higiene recomendada por las autoridades sanitarias.