Colón habilita la actividad gastronómica y las salidas recreativas, físicas y deportivas

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Colón habilita la actividad gastronómica y las salidas recreativas, físicas y deportivas

 

Ante los resultados favorables que demuestra la contención sanitaria efectuada en la ciudad de Colón, el presidente municipal, José Luis Walser, autorizó el funcionamiento de la actividad gastronómica y afines a partir del viernes 3 de julio, recomendando todas las pautas sanitarias tanto para clientes como para empleados.

El intendente local también autorizó para todo el ámbito de la ciudad la realización de actividades recreativas, físicas y deportivas.

• Actividad gastronómica

El decreto 234/2020 establece que a partir de mañana viernes los locales gastronómicos de Colón podrán funcionar de lunes a domingos de 8 a 00, estando prohibida la realización de festejos masivos.

El propietario deberá comunicar la reapertura a la municipalidad a través del correo electrónico habilitaciones@colon.gov.ar  çpara que personal del área constate las condiciones del local.

Todas las normas deben ser cumplidas para evitar sanciones y multas establecidas por el decreto municipal.

• Disposiciones para locales, personas y comensales

El establecimiento deberá utilizar el 50% de la capacidad máxima respetando la distancia interpersonal de entre 1,5 y 2 metros y de 1,5 como mínimo entre los respaldos de las sillas ocupadas.

Deberán colocarse alfombras de desinfección en el ingreso y procurar colas de espera. También deberá evitarse el uso de manteles o cubrirlos con nylon. En caso de utilizar individuales, descartarlos o desinfectarlos luego de cada uso.

Se establece además utilizar solamente servilletas de papel y no colocar utensilios hasta la llegada de los comensales y eliminar la opción de autoservicio.

Disponer alcohol en gel o desinfectante en el ingreso.

Proceder al registro de cada cliente, incluyendo el número teléfono de contacto.

Utilizar cartas de menús virtuales con preferencia de acceso por código QR. Si no es posible, plastificar las cartas en formato papel y colocarlas en lugares accesibles y fácilmente visibles como en la entrada o vidriera.

Envolver con film protector elementos de uso compartido tales como controles remotos, posnet y demás.

Propiciar un intervalo de 15 minutos entre turno y turno para la limpieza y desinfección.

Los comensales en tanto deberán evitar el contacto físico, utilizar el tapaboca al ingreso, egreso y durante el traslado en el interior del establecimiento.

Procurar los pagos por vías electrónicas.

Solicitar la ocupación del lugar por turnos de reserva y respetar los horarios asignados y evitar la generación de colas de espera.

Tampoco se deberá salir del hogar si se presenta sintomatología.

Los empleados tienen la obligación de uso permanente de tapaboca y deberán proveerse guantes para manejar dinero o realizar limpieza.

Deben contar con alcohol en gel y usar el uniforme exclusivamente dentro del establecimiento.

Destinar en lo posible un espacio de vestuario.

Digitalizar las planillas de registro y guardar partes de limpieza o mantenimiento y no concurrir al establecimiento si se presenta sintomatología.

• Actividades recreativas, físicas y deportivas en Colón

Mediante el Decreto N° 233/2020 el Municipio también autorizó a partir de mañana en todo el ámbito de la ciudad de Colón, la práctica de las siguientes actividades recreativas, físicas y/o deportivas:

Trote recreativo, Ciclismo, Tenis, Paddle, Golf, Equitación, Canotaje, Remo, Vela (kitesurf, windsurf y optimist), SUP (Stand Up Paddle), Natación de aguas abiertas, Pesca deportiva de costa, Prácticas náuticas deportivas y/o recreativas con uso de embarcaciones a motor, Bochas.

Estas actividades deberán efectuarse de lunes a domingo en horarios habituales, bajo el estricto cumplimiento de los protocolos de cada una de ellas y de las disposiciones emitidas por el Gobierno Provincial al respecto y sus anexos, teniendo en cuenta de realizarlas en los lugares habilitados para tales fines y bajo las normas de seguridad reglamentadas.

Además, todas deberán efectuarse sin implicar contacto físico, realizándose individualmente o en grupo reducido de personas, con utilización individual de elementos personales, que se realicen preferentemente al aire libre o en espacios abiertos (suficiente ventilación), sin utilización de espacios comunes y, las actividades que impliquen el uso de embarcaciones a motor, deberán hacerse utilizando un 50% de su capacidad y, como máximo, hasta 10 personas. (APFDigital)